PACTOS ACCESORIOS
1. Las Arras: Consisten en una cantidad de dinero que uno
de los contratantes entrega al otro para demostrar así el interés en la
celebración del negocio.
2. Pacto de resolución por
mejor oferta, se entregaba la cosa a la persona que
ofreciera mayor precio.
3. La Addictio in
diem: Pacto que faculta al vendedor para rescindir del contrato y preferir
vender la cosa, dentro de determinado tiempo o plazo, a otro comprador que
ofreciera mejores ventajas.
4. El pactum displicentiae: El comprador podía rescindir
o deshacer la venta o contrato si dentro de un tiempo determinado la cosa
dejaba de agradarle o no le satisfacía
por alguna justa causa.
5. El pactum de retrovendendo: Pacto mediante el cual se
permite al vendedor reservarse el derecho de volver a comprar el objeto en un plazo
determinado, y siempre y cuando se den determinadas condiciones restablecidas.
6. El pactum retroemendo: Concede la facultad al
comprador de volver a vender el objeto al vendedor.
7. Pacto de ley comisoria o pactum commissorium: Pacto
mediante el cual se podía exigir la resolución de la venta si el comprador no
pagaba el precio una vez vencido el plazo[1]; o
el contrato y sus efectos quedaban en suspenso hasta que se pagara completamente
el precios establecido.[2]
8. La protimesis: Es el derecho de preferencia que tiene
el vendedor de volver la comprar la cosa si el comprador quisiera venderla.[3]
9. Pactum
de non alienando en virtud del cual el comprador se obliga a no enajenar la
cosa vendida, sea en absoluto, sea a persona determinada.
10. Pactum reservatae dominii , en virtud del cual el
vendedor convenía con el comprador que la tradición de la cosa vendida no
transmitiera a este ultimo su propiedad, sino simplemente su posesión precaria, mientras el precio no
fuera pagado.
11. Pactum reservatae hypotechae, en cuya virtud el vendedor
se reservaba sobre la cosa vendida, para asegurarse el pago del precio, un
derecho de hipoteca.